howhighjumilla - Estatutos
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·                               Art.1 DENOMINACIÓN SOCIAL:
Con la denominación "How High" constituimos una cooperativa de trabajo asociado sujeta a las normas generales establecidas en el programa EJE.
·                               Art.2 OBJETO  SOCIAL:
-El objeto social de la entidad es comprar y vender productos de todo tipo. Esta cooperativa se crea dentro del marco del proyecto educativo Empresa Joven Europea con una finalidad didáctica que permitirá a sus integrantes:
-Conocer y poner en práctica los valores de la cooperación: equidad, democracia e igualdad.
-Tomar decisiones democráticamente.
-Gestionar un proyecto de forma cooperativa.
-Reparto de tareas y recursos.
-Todos los trabajos deben pasar por el presidente.
-Resultados colectivos.
-Tener un primer contacto con la creación y gestión de una empresa.
-Cuando se termine el curso se paga en cuanto se reciba el dinero.
-No tiene ánimo de lucro sino que los excedentes se destinarán a fines sociales (previa devolución a los socios de su aportación de capital).
-Esta cooperativa no está legalmente constituida sino quedará registrada en el Registro Central de Cooperativas EJE y será administrada según las reglas de funcionamiento de una cooperativa real.
-Promoverá la participación de los socios trabajadores.
-Será administrada por los socios trabajadores.
-Pertenecerá a los socios trabajadores.
-Pertenecerá a los socios trabajadores.
-Contribuirá a la formación de los socios trabajadores.
·                               Art.3 DURACIÓN:
-La cooperativa se considerará activa desde el 1 de octubre de hasta el 20 de junio de 2012.
·          Art.4 ÁMBITO:
-El ámbito territorial de esta sociedad será la región de Murcia y nuestra localidad cooperativa.
·          Art.5 DOMICILIO SOCIAL:
-El domicilio social es Avenida de la Libertad C.P.: 30520 Jumilla MURCIA.
·          Art.6 ADHESIÓN DE LOS SOCIOS:
-Los socios de la cooperativa son los alumnos de 4º de ESO  que promueven la creación de la cooperativa y solicitan su registro en el Registro Central de Cooperativas EJE. Cada uno de los miembros debe realizar una aportación de capital (10€). Esta aportación hace que los socios se comprometan a alcanzar los objetivos de la cooperativa y a respetar las reglas de funcionamiento.
·          Art.7 OBLIGACIONES DE LOS/ AS SOCIOS / AS:
-Los socios están obligados a:
-Participar al cien por cien de su actividad laboral en la actividad cooperativa.
-Asistir a las asambleas de clase.
-Guardar secreto sobre los datos de la cooperativa.
-Aceptar los cargos y funciones que le sean encargados.
 -Participar en las actividades de formación y promoción cooperativa.
-Efectuar desembolso de las aportaciones al capital social y, en su caso, de las cuotas en forma y plazas previstas. Asimismo, deberán cumplir sus obligaciones económicas con puntualidad.
·          Art.8 DERECHOS DE LOS SOCIOS/ AS:
-Elegir y ser elegidos para los cargos de los órganos de la sociedad.
-Formular propuestas y participar con su voz y voto.
-Recibir información sobre cualquier aspecto de la marcha de la cooperativa.
-Participar en las actividades y servicios que desarrolla la cooperativa.
-Recuperar la aportación de capital a final de curso, siempre que se hayan cancelado las deudas con bancos y proveedores.
·          Art.9 PENALIZACIÓN A LOS SOCIOS.
-Aquellos socios que no participen activamente en el desarrollo de la empresa pierde un 15% de los beneficios.
 
·          Art.10 RÉGIMEN ECONÓMICO
-CAPITAL SOCIAL “HOW HIGH”. Cuenta con un capital 160 € formado por la aportación de 10 € de cada uno de los socios.
-REPARTO DE BENEFICIOS se donará el 20 % a una asociación social elegida, y lo demás se repartirá en partes iguales a los socios de la cooperativa.
 
·          Art.11 CARGOS EN LA COOPERATIVA:
-La responsabilidad de la gestión recae en los miembros de la cooperativa. Los socios forman la Asamblea General.
-Los miembros presentes en la Asamblea General eligen a sus representantes que formaran el Consejo Rector de la cooperativa.
Art.12 FUNCIONES Y ELECCIÓN:
-En la cooperativa vamos a tener unos coordinadores que se encargarán de llevar a la práctica las decisiones tomadas por los miembros de la cooperativa y de rendir cuentas a todos los socios en sucesivas reuniones cooperativas.
-El presidente, la secretaria y la tesorera son las personas autorizadas para firmar los documentos en nombre de la cooperativa.
-Al final del curso será preciso presentar un informe anual de actividades ante la Asamblea.
Art.13 LA ASAMBLEA GENERAL: 
-La Asamblea General, constituida por los socios debidamente reunidos, es el órgano de expresión de la voluntad de los socios, para deliberar y adoptar acuerdos sobre las materias propias de su competencia. Los acuerdos de la Asamblea general, adoptados conforme de las leyes y a estos  estatutos, obligan a todos los socios, incluso a los disidentes y a los ausentes de la reunión.
-Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias o extraordinarias.
-La Asamblea aprueba la donación de los excedentes que resten tras la aportación realizada a principio de curso a la asociación contra el cáncer de bullas.
Art.14 EL CONSEJO RECTOR:
-El Consejo Rector es el órgano colegiado de gobierno, gestión y representación de la cooperativa según lo establecido en la Ley de Cooperativas, estos Estatutos y en la política general fijada por la Asamblea General.
-Por votación de la Asamblea General son elegidos para los cargos sociales los siguientes socios cooperativistas:                                                                                                                    
Presidente: ÁLVARO MONREAL LOZANO.
Vicepresidente: JUAN JOSÉ CRUZ CRESPO.
Tesorera: BEATRIZ MOLINA LÓPEZ.
Secretaria: MARIA GARCÍA GONZÁLEZ.
 
-Además, los socios también deciden la elección de los siguientes coordinadores y componentes de los departamentos:
Departamento de Aprovisionamiento y producción: ANA JOSÉ GONZÁLEZ FLORES.
Departamento de Marketing: ALBA NAVARRO RAMOS
Departamento de Contabilidad: BEATRIZ MOLINA LÓPEZ
Departamento de Informática: SANTIAGO GARCÍA HERRERO.
Recursos humanos: JESÚS SORIANO GÓMEZ.
Administración: DANIELA IONELA OANCEA.
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